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Línea de Obra
Guía técnica

Proyecto básico, proyecto de ejecución y visado colegial: cómo se estructura el encargo de arquitectura

Qué contiene cada fase del proyecto según la LOE, cuándo es obligatorio el visado colegial y qué responsabilidades asume cada agente de la edificación.

Redacción Línea de Obra · 30 de octubre de 2026 · 6 min de lectura

Proyecto básico, proyecto de ejecución y visado colegial: cómo se estructura el encargo de arquitectura
Imagen editorial generada con IA para Línea de Obra

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), aprobada en 1999, regula el proceso de edificación en España y define a los agentes que intervienen en el proceso: los cinco de la obra (promotor, proyectista, constructor, director de obra y director de la ejecución material, formando estos dos últimos la dirección facultativa), además de las entidades y laboratorios de control de calidad, los suministradores y los propietarios y usuarios. El proyecto de edificación es su documento central y suele dividirse en dos fases.

El proyecto básico define las características generales de la obra: emplazamiento, volumen, usos, cumplimiento urbanístico y de las exigencias esenciales. Es el documento que suele presentarse para solicitar la licencia. El proyecto de ejecución desarrolla todas sus determinaciones con precisión suficiente para construir: mediciones, presupuesto, pliego de condiciones, plan de seguridad y salud, especificaciones.

El visado colegial es la revisión que los Colegios de Arquitectos -o de Arquitectos Técnicos, según el ámbito- hacen del proyecto antes de la licencia. Cuando es preceptivo, sin visado no hay licencia. Además, los visados alimentan las estadísticas de actividad que el CSCAE publica y que sirven de termómetro adelantado del sector.

La LOE también fija las garantías: un año por acabados, tres por habitabilidad y diez por daños estructurales, con el seguro decenal obligatorio para la vivienda. Y atribuye competencias: el arquitecto para el proyecto de edificación en general; arquitectos técnicos e ingenieros de la edificación para la dirección de ejecución material y proyectos en su ámbito.

Entender esta estructura es imprescindible para quien encarga -y para quien firma-: de la fase y del visado dependen honorarios, plazos y responsabilidades durante décadas.

Las dos fases del proyecto en la práctica

En la práctica profesional, la frontera entre básico y ejecución es flexible. Hay ayuntamientos que exigen ya en la licencia determinaciones propias de la ejecución, y proyectos que se redactan en un único documento cuando la obra es de entidad menor. Lo que no cambia es la lógica: el básico fija el compromiso urbanístico y de exigencias esenciales; la ejecución convierte ese compromiso en instrucciones de construcción. Modificar lo decidido en el básico durante la ejecución obliga a tramitar modificados y puede requerir nueva licencia.

Visado y estadística: el termómetro del sector

El visado colegial tiene una doble naturaleza. Para el proyecto es un control técnico-administrativo previo a la licencia; para el sector, la fuente de las estadísticas de edificación que publica el CSCAE y que anticipan la actividad futura -los casi 21 millones de metros cuadrados visados en el primer semestre de 2026 son su mejor ejemplo, como recoge la noticia sobre el crecimiento de la edificación-. Conocer la estructura de agentes y garantías de la LOE -un año, tres años, diez años- es además imprescindible para entender responsabilidades que se extienden una década después de la entrega, como desarrolla la guía sobre agentes de la edificación.

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